Escrito por • 11:03 am• Ojo Avizor

Benítez de Lugo, Medalla de la Orden de Mérito Constitucional

Nuestro colaborador José Mariano Benítez de Lugo, presidente Honorario de la Asociación de Abogados Demócratas por Europa, medalla de honor del Colegio de Abogados de Madrid, ha sido condecorado con la medalla del mérito constitucional, tal como consta en el Boletín Oficial del Estado del pasado 8 de julio

Entre los méritos de nuestro compañero recogemos un resumen de un artículo publicado en nuestro diario de opinión Ojo Avizor:

         a) Quien esto escribe, en el año 2016 que estaba personado en el caso Gürtel como acusación en nombre de la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE), presentó un largo escrito pidiendo la declaración del entonces Presidente del Gobierno Sr. Rajoy como testigo, solicitando que  se le sacara de la urna de cristal en la que se hallaba por su relevante posición institucional (era presidente del Gobierno), pues estaba ya acordada la citación de todos sus colegas dirigentes de entonces del Partido Popular (Rato, Acebes, Arenas, Alvarez Cascos, etc.) menos él, que había ostentado relevantísimos cargos en dicho partido, el cual ya constaba que se había lucrado indebidamente de diversos delitos cometidos por otros; y es que todos ellos eran responsables políticos (y jurídicos) de lo sucedido, sosteniendo en nuestro citado escrito que, “aunque están todos los que debieran estar, también deben estar (Rajoy) los que deben estarlo”.

         b) Al referido escrito nuestro se opuso por la representación procesal del PP., pidiendo que no se le citara, pero el Auto de la Sala de 9-4-2017, adoptó -mayoritariamente- el acuerdo de citarlo como testigo, decisión que obtuvo el rechazo del voto particular del Magistrado Hurtado dictado en favor de la postura del recurso del PP., en el que (en parte) apoyándose en que el Fiscal había rechazado también dicho testimonio, porque la “existencia de la caja B del PP. resultaba ya acreditada”. Y resulta harto elocuente que en su voto particular el mencionado magistrado matizó (en favor del PP.) que no podía asumir esa parte del informe del Fiscal que se refería a tal acreditación, y que como ya se había acordado la citación de otros prohombres del PP., “era innecesario que acudiera a declarar ningún otro”, refiriéndose inequívocamente a M. Rajoy.

         c) Y teniendo ya acordada por el Tribunal la prestación del referido testimonio, el siguiente obstáculo con el que nos encontramos era la forma que debía de prestarse el testimonio: presencial ante el Tribunal o por videoconferencia. Pues bien, nuestro ilustre magistrado también planteó, siguiendo el criterio expuesto por el PP. en su escrito de 10-5-2017, que debía ser por medio telemático, dado que el testigo Rajoy ostentaba un cargo excepcional y relevante (era presidente del Gobierno), petición a la que de nuevo nos opusimos, con éxito, pues el Tribunal también mayoritariamente, acordó que acudiese a la Sala del Tribunal a prestar su testimonio y que no lo hiciera por videoconferencia.

         d) Pero resultó que el Magistrado Hurtado, desde su condición de Presidente del Tribunal, acordó habilitar un sitio privilegiado (mesa y silla) para que el Sr. Rajoy declarase justo al lado del estrado que ocupaba el propio Tribunal, hecho insólito en la historia procesal (sobre el lugar en el que deben declarar los testigos), decisión a la que nos opusimos, sin que prosperase por decisión personal suya, naturalmente.

         e) Pero si la batalla de la declaración del entonces presidente del Gobierno la perdió, el Magistrado Hurtado “me esperaba” y a muchas de mis preguntas a tan “egregio” testigo, las consideró impertinentes, al igual que se rechazó mi petición de que, dado que el Sr. Rajoy negaba que hubiese recibido las cantidades que Bárcenas había anotado en “sus papeles” como a él entregadas en efectivo, hubiese un careo entre ambos; todo ello era lo esperable, aunque no lo razonable.

         f) Unos años antes, otro acontecimiento procesal había surgido cuando formulé una recusación contra los Magistrados Enrique López y Concepción Espejel, porque (lo acreditaba) tenían una posición de amistad y cuasi militancia en el PP., lo cual era incompatible con que formaran parte de una Sala que iba a juzgar la financiación ilegal de ese Partido. Obtuve las recusaciones por decisiones del Pleno de la Audiencia Nacional (sus autos 81 y 83 de 2015 y 6 y 7 de 2016, pero el Magistrado Hurtado votó en contra de admitirlas, afirmando que “las afinidades resultantes de una ideología no son causa de recusación”. Estaba retratando su caso. 

         g) Y dando un salto en el tiempo, en estos días resulta que el Magistrado Hurtado actuando como defensor del novio de la señora Ayuso (perdón no es ello exacto) repito, actuando como instructor de esa causa, ha provocado una auténtica CRISIS institucional, imputando (nada menos) al Fiscal General del Estado (de la mano del PP.) un delito de revelación de secretos, en un proceso pletórico de anomalías ya muy denunciadas en algunos medios de comunicación, pero que son reflejo de una posición, dicho sea respetuosamente, harto cuestionable sobre su imparcialidad.

         A este respecto, ya hace bastantes años un ilustre Magistrado del Tribunal Supremo (Ruiz Vadillo) ya dijo con acierto, que el juez instructor no es propiamente un juez, y dado el sucinto curriculum que hemos referido del Magistrado Hurtado, creemos que se puede llegar a la conclusión que en su actuar profesional opera desde, por un lado, parámetros alejados de la imparcialidad y por otro, reiteradamente cercanos a los intereses del Partido Popular. Habrá que esperar a ver que dicen otros Tribunales ajenos al que pertenece el citado magistrado, el Tribunal Constitucional y/o el Tribunal Europeo.

Los prejuicios ideológicos que reiteradamente los filósofos del Derecho han denunciado como condicionantes de las decisiones judiciales, aparecen con nitidez en los casos expuestos, y lo que desde luego no se puede negar al Magistrado Hurtado, es que es coherente con ellos.   

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