Escrito por • 7:03 pm• Política

POR FIN PODREMOS BLASFEMAR

José García Abad

Con la Iglesia habíamos dado como comentaba Don Quijote a Sancho. Por fin, tras el paso de los siglos, con gobiernos de distinto color, los españoles podremos blasfemar sin que le metan a uno en la cárcel o le impongan multas millonarias.

El plan de regeneración que ha aprobado el pasado 17 de septiembre por el Consejo de Ministros asegura adoptar  medidas para la defensa del derecho a la libertad de expresión, modificando la redacción de delitos que la limitan como el de ofensa a los sentimientos religiosos y el de injurias a la Corona o a altas instituciones del Estado “con el fin de darles una redacción homologable a los países de nuestro entorno y de atender a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en materia de difamaciones y su encaje legal”. Por fin un gobierno español, el gobierno social comunista de Pedro Sánchez, se ha atrevido a abolir la blasfemia como delito. 

No es de esperar una fuerte resistencia de la Iglesia española que fue calificada por los periodistas durante el franquismo como uno de los tres “poderes fácticos”, junto a la banca y el Ejército, y que ahora rara vez es noticia. 

El artículo 209 del Código Penal de 1973, cuando presidía el gobierno Luis Carrero Blanco y el estado Francisco Franco, contemplaba el delito de escarnio “de la religión católica o de confesión reconocida legalmente”. En teoría la blasfemia dejó de ser delito en 1988, gobernando Felipe González, pero solo desapareció el nombre pues fue sustituido en 1995, también bajo el gobierno de González por el artículo 525 del Código Penal, actualmente vigente) por un delito de ofensa a los sentimientos religiosos que reza así: 

1)Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2) En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna”.

Se demostró entonces que la protección a los sentimientos religiosos, no a los sentimientos ateos o librepensadores, es como la energía que según Lavoisier “ni se crea ni se destruye solo se transforma”. 

Uno se pregunta si realmente se pueden juzgar los sentimientos. Como dice el magistrado Joaquim Bosch Grau, “los delitos de ofensas a los sentimientos religiosos son más bien propios de algunos estados islámicos que no son democráticos”. 

El Consejo de Europa ya pidió a los Estados en 2007 la despenalización de los delitos de blasfemia, abogando por que solo se penalizaran las expresiones sobre cuestiones religiosas que “perturben el orden público de manera intencional y grave y requieran violencia”. El Consejo de Europa es una organización internacional que tiene como objetivo principal la defensa y protección de la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos, en particular los civiles y políticos.

Caída la ley contra la blasfemia, se procesa a los blasfemos

Establecida la democracia la Constitución estableció que “ninguna confesión tendrá carácter estatal” pero mencionaba explícitamente a la católica lo que ha servido para justificarla como asidero para mantener sus privilegios y para que los tribunales de justicia califiquen de delitos las informaciones periodísticas que atenten contra los sentimientos religiosos. Caída la ley contra la blasfemia, se procesa a los blasfemos lo que se facilita por el hecho de que casi todos los jueces son católicos. 

(Foto de ARCHIVO)
El presidente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), Luis Argüello
Fernando Sánchez / Europa Press

La verdad es que la libertad de expresión limita con la religión. Mencionaré algunos casos concretos: 

  • Procesado en un juzgado de Barcelona los editores de la revista satírica Mongolia acusados de un delito de “ofensas a los sentimientos religiosos”. 
  • Humoristas de TV3 son investigados por una parodia a la Virgen del Rocío
  • Querella contra el humorista Dani Mateo por decir que  el Valle de los Caídos tiene la cruz cristiana más grande del mundo” porque Franco quería que esa cruz se viera de lejos ¿Quién va a querer ver esa mierda de cerca?”
  • Procesado un ciudadano que se paseaba con un cartel en el que junto a la virgen y Jesús había escrito: “una adultera y su hijo”.
  • Procesado un joven jienense por subir a Instagram un montaje de su cara y del Cristo Despojado de Jaén. 
  • Procesado el semanario El Papus por la publicación de una serie de comics por un delito de escarnio a la religión católica.
  • Condenada Els Joglars, por la obra de teatro Tele Deum, por “parodia, rechifla y ridiculización de elementos de la religión cristiana y católica en particular.
  • Procesado Javier Krahe por unas imágenes en el programa Lo + plusexplicando cómo cocinar un Cristo. 
  • Procesado Íñigo Ramírez de Haro  por su obra Me cago en Dios 
  • Juzgadas tres mujeres por organizar una procesión con la imagen de una vagina gigante, denominada “coño insumiso”.
  • Procesado Willy Toledo por criticar en Facebook el procesamiento de estas tes mujeres del “Coño insumiso” se basa en mensajes publicados en Facebook  en los que afirmaba: “Yo me cago en dios, y me sobra mierda pa cagarme en el dogma de la santísima y virginidad de la Virgen María” y: “Me cago en la Virgen del Pilar y me cago en todo lo que se menea”. 
  • Juzgada Rita Maestre, concejal del Ayuntamiento de Madrid, por exhibirse con el sujetador en la capilla de la Complutense.
  • La revista Interviú fue perseguida por el Tribunal Supremo por relatar una relación íntima entre un centurión y Jesucristo: “Su Madre y la Magdalena habían ido a por sábanas blancas para amortajar su desnudez. Yo estaba solo con él. Por última vez besé su boca. Mi lengua encontró en la suya el amargor de la muerte. Lamí sus heridas, era áspera la sangre” 

Para el Supremo la publicación de este poema implicó “una burla y befa sobre la esencia de la pureza que contiene la religión católica”

  • La presentadora de La edad de oro, Paloma Chamorro, fue procesada un videoclip de la canción Moon Child del grupo Psychic-TV que  incluía una rápida sucesión de imágenes, en las que aparecía dos veces una cruz sin la parte superior del madero vertical con la cabeza de un animal. 
  • Los tribunales se ocuparon de la obra La revelación del cómico Leo Bassi que se disfrazó de Papa, telepredicador y fundamentalista para denunciar el fanatismo y el oscurantismo de las sectas y las religiones.

El Gobierno duda sobre el caso de injurias a la familia real. Está por ver si podremos blasfemar contra el rey que con una visión sublimada de su histórico derecho divino, que sublimó Franco al autoproclamarse “caudillo de España por la gracia de Dios”, transformada por el murmullo no abolido del pueblo murmurador de que Franco fue caudillo de España por una gracia de Dios. 

La verdad es que hoy tenemos monarquía por la gracia de Franco transformada constitucionalmente en parlamentaria por la gracia de Juan Carlos y de los españoles que lo refrendaron aceptándola como una antigualla útil. Para ella trabaja lealmente Felipe VI frente a su padre a quien exilió tras suspenderle de sueldo, aunque no de honores, y desahuciarle de la Moncloa. 

Las ofensas a la familia real están castigadas con penas de hasta dos años de cárcel si son graves, y con multa si son leves. Está por ver si se evitará el caso del juez Del Olmo que secuestró la revista El Jueves, por considerar que en la portada del número 1.573 de la revista e la revista aparecían “caricaturizados pero fácilmente identificables, Su Alteza Real el Príncipe de Asturias y Su Alteza Real la Princesa de Asturias en actitud claramente denigrante y objetivamente infamante, pudiendo constituir la difusión de tal revista […] delito del art. 490.3 del Código Penal [injurias a la Corona]; resultando que, en todo caso, la imagen y diálogos atribuidos a Sus Altezas provocan un grave menoscabo del prestigio de la Corona conforme al artículo 491 del Código Penal” [injurias a la Corona]

La Casa del Rey manifestó su malestar por el tratamiento que El Jueves suele dar a las actividades de los miembros de la familia real pero aseguró que no tenían nada que ver con la denuncia de la Fiscalía, que ha actuado de oficio, destacó que respeta la actuación de la Justicia pero se mostró preocupado porque a quien realmente perjudique este asunto sea a los miembros de la familia real.

Por otra parte hay que recordar que el fiscal presentó una querella contra el autor de un artículo titulado “Las tribulaciones del oso Yogi”, que se publicó en los diarios Deia y Gara en el que se ridiculizaba al Rey Juan Carlos bajo el pretexto de que medios periodísticos rusos le atribuían la caza de un oso drogado o borracho.  

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