Sorprendente, común y bienvenida respuesta ha recibido por la prensa conservadora y -por los vocales de tal calificación del propio Consejo del Poder Judicial- la elección de la nueva Presidenta Dª Isabel Perelló, y si como por lo ya expuesto, su autoridad ha resultado reforzada pues no debe su nombramiento a decisión política, lo quizás mas relevante es la persona que es y que haya sido elegida para tan importante cargo por su trayectoria judicial. Veamos:
Y es que ella cumple una circunstancia no exigida legalmente, el ser magistrada del Tribunal Supremo; y es ello una condición no imprescindible para presidir el CGPJ, pero sí conveniente el tener esa condición pues va a ser la “Jefa” de todos los jueces, incluidos los del propio Tribunal Supremo, y al ser “una de ellos”, en un colectivo tan corporativo como es el judicial, ello suponía un freno para las posibles críticas a su nombramiento.
Por otra parte, su reconocido “progresismo” ha sido tildado por los medios de comunicación conservadores de “moderado” y por tanto aceptable por tirios y troyanos, máxime cuando se ha evidenciado que no la votaron cuatro vocales del sector “progresista”. Dato éste significativo y puesto en valor por los referidos medios, pues ello les tranquiliza, aunque realmente su talante “moderado” del progresismo supuso (por ejemplo) un golpe mortal a la política de venta de viviendas públicas por la Comunidad de Madrid regida por el Partido Popular.
En efecto, quien suscribe, contactó con su labor profesional por sus ponencias en las Sentencias de su Sala del Tribunal Supremo de 22-11-2017 y de 13-03-2018, que revocaron sendas decisiones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que habían confirmado la Sentencia del Juzgado 29 de Madrid, rechazando a un inquilino su legitimación para impugnar la mencionada venta de viviendas sociales a un Fondo Buitre (Encasa Cibeles/Azora). Y en mi libro publicado antes de este verano titulado “Los desahucios instados por los Fondos Buitre” , (en sus págs. 42 y 43) ya me refería a sus Sentencias en términos obligadamente elogiosos, pues trataba el quid de la cuestión con estas bellas y acertadas consideraciones:
“ Es claro que afecta a la situación de un arrendatario acogido a un régimen público de viviendas de protección oficial, su transmisión al ámbito privado de modo que esta alteración de la condición y cualidad del arrendador, no puede considerarse indiferente para el arrendatario, pues no es jurídicamente irrelevante para el arrendatario que el titular de la vivienda sea una Administración Pública sometida al mandato de los artículos 9.2 y 47 de la CE.
El cambio de régimen jurídico que le ocasiona al recurrente no es meramente abstracto, antes bien, tiene consecuencias directas y concretas, dada la diferencia entre los fines sociales que sí tiene una Administración Pública que no concurren en una empresa privada respecto a la vivienda y a la situación del arrendador. La subrogación en la titularidad de la vivienda determina una alteración subjetiva de la relación arrendaticia ya despojada de todo criterio o interés social. ”
La expresada Doctrina de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de la mano como ponente de la Sra. Perelló, obligó a que el Pleno del propio TS (su Sala Civil) en su Sentencia de 23-12-2021 insistiese en las “futuras pero ciertas, consecuencias negativas derivadas de los fines sociales inherentes a la actuación del IVIMA” (con la venta de las viviendas protegidas).
En resumen, la actual Presidenta del CGPJ con una sensibilidad social a menudo olvidada por nuestros jueces, fue la artífice de una postura judicial que demolió la venta de viviendas públicas a un Fondo especulativo, y consecuentemente reparó el daño producido a miles de modestos arrendatarios de viviendas protegidas.
En otro orden de cosas, la pasada semana, con la inauguración del año judicial, la mencionada magistrada trató en su discurso, ya como Presidenta del TS y del CGPJ, dos temas interesantes: el tema de la mujer juez y su escasa presencia en los cargos judiciales, por un lado, y por otro, el derecho a la crítica a la labor de los jueces. Son ambos temas de hondo calado que merecen en su caso, una ulterior colaboración.
José Mariano Benítez de Lugo
Presidente Honorario de la Asociación de Abogados Demócratas por Europa. Medalla de honor del Colegio de Abogados de Madrid.

